Pago a justificar

Pago que se hace antes de tener los papeles del gasto. Quien lo recibe debe justificar después cómo lo ha usado.
El perceptor es responsable de la custodia del dinero y de rendir cuentas. Tiene tres meses para justificar el gasto, o seis si el pago es por expropiaciones.
Si no justifica en ese plazo, se le avisa para que lo haga en diez días. Si tampoco lo hace, se emite la certificación de descubierto.
Un ejemplo: Un técnico recibe dinero para una compra urgente. Tiene tres meses para presentar las facturas.

Dónde lo dice la ley

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    Ley 1/2015, de Hacienda Pública de la Generalitat, artículo 64

En el examen

«Pago a justificar» sale en 4 preguntas de 4 exámenes oficiales que tienes resueltos en opo.es. Aquí tienes 3, con su solución:
Examen de Técnico superior (A1-01) de la Generalitat, convocatoria 1/24, pregunta 81
En relación con los pagos a justificar, ¿quién será responsable, en los términos previstos en el artículo 64 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, de la rendición de la cuenta?
A) Los perceptores de las órdenes de pago a justificar.
B) La persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda.
C) La subsecretaría de cada conselleria.
D) La secretaría autonómica competente en materia de hacienda.
Respuesta correcta: A) Los perceptores de las órdenes de pago a justificar.
Examen de Técnico superior (A1-01) de la Generalitat, convocatoria 3/22, pregunta 178
Señale cuál de los siguientes enunciados es correcto:
A) El artículo 63.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en relación con los anticipos de caja fija, señala que los anticipos de caja fija son provisiones de fondos de carácter presupuestario y permanente que se realizan a las habilitaciones para la atención inmediata y posterior aplicación al correspondiente capítulo del presupuesto del año en que se realicen.
B) De acuerdo con el artículo 64.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en relación con los pagos a justificar, los perceptores de las órdenes de pago a justificar serán responsables, en los términos previstos en esta ley, de la custodia y uso de los fondos y de la rendición de la cuenta, debiendo justificar en el plazo de tres meses la aplicación de las cantidades recibidas, excepto las correspondientes a pagos por expropiaciones que serán rendidas en el plazo de seis meses. En caso de no presentar la justificación en este plazo, se les comunicará para que lo efectúen en un plazo de diez días, advirtiéndoles de que de no hacerlo así se librará la correspondiente certificación de descubierto.
C) De acuerdo con el artículo 124.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, las entidades integrantes del sector público de la Generalitat quedan sometidas a la obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana y demás órganos de control por conducto de la Intervención Delegada de la Generalitat.
D) De acuerdo con el artículo 130.1.b) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda es la competente para: aprobar la normativa de desarrollo del Plan General de Contabilidad Pública y los planes parciales o especiales que se elaboren conforme al mismo, así como los de las entidades a que se hace referencia en el apartado 3 del artículo 124, que se elaboren conforme al Plan General de Contabilidad de la empresa española.
Respuesta correcta: B) De acuerdo con el artículo 64.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en relación con los pagos a justificar, los perceptores de las órdenes de pago a justificar serán responsables, en los términos previstos en esta ley, de la custodia y uso de los fondos y de la rendición de la cuenta, debiendo justificar en el plazo de tres meses la aplicación de las cantidades recibidas, excepto las correspondientes a pagos por expropiaciones que serán rendidas en el plazo de seis meses. En caso de no presentar la justificación en este plazo, se les comunicará para que lo efectúen en un plazo de diez días, advirtiéndoles de que de no hacerlo así se librará la correspondiente certificación de descubierto.
Examen de Administrativo (C1) del Ajuntament de València (estabilización, 2024), pregunta 38
Según la base 19ª de las de ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Valencia, ¿qué gastos no precisan la formación de expediente previo?
A) Tributos y precios públicos.
B) Intereses de demora.
C) Mandamientos de pago a justificar.
Respuesta correcta: A) Tributos y precios públicos.

Dónde lo vas a estudiar

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