Tema específico 60: Tasas y precios públicos de la Generalitat: Ley de tasas (objeto, concepto, principios, elementos, aplicación y potestad sancionadora) y Decreto 103/2014

Gestión administrativa · Peso en el examen: medio (según los exámenes oficiales anteriores).

Test del tema

Test · Tema específico 60
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Oficial
A1-01 · convocatoria 1/24 · pregunta 86
Señale la respuesta incorrecta. De acuerdo con la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, y con el Decreto 103/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se regulan los precios públicos de la Generalitat:

10 preguntas con solución

El tema tiene 3 preguntas de exámenes oficiales y 56 de opo.es. Aquí tienes 10; todas, en la app de opo.es.
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Pregunta real de un examen que publicó la Administración. Está revisada con la ley que hay ahora.
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Pregunta escrita por opo.es a partir del texto de la ley, al estilo del examen. La usamos sobre todo en los temas que aún no han salido en los exámenes.
Oficial
1. Examen oficial A1-01 · convocatoria 1/24, pregunta 86
Señale la respuesta incorrecta. De acuerdo con la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, y con el Decreto 103/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se regulan los precios públicos de la Generalitat:
A) La gestión, liquidación y recaudación en periodo voluntario de los precios públicos establecidos por la prestación de servicios de la Generalitat corresponde a la conselleria con competencias en materia de hacienda.
B) Serán sujetos pasivos las herencias yacentes.
C) Son sujetos obligados al pago del precio público las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que soliciten o se beneficien de la prestación del servicio o de la realización de la actividad.
D) La cuantía de los precios públicos cubrirá, como mínimo, los costes económicos originados por la prestación de los servicios o por la realización de las actividades.
Respuesta correcta: A)
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2. Examen oficial A1-01 · convocatoria 1/24, pregunta 87
Señale la respuesta correcta. De acuerdo con la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas:
A) En las tasas por utilización privativa de bienes de dominio público, la base imponible deberá tener en consideración el coste de los bienes cuyo uso o aprovechamiento se cede, así como el de las instalaciones y pertenencias que les estén afectas.
B) En las tasas por aprovechamiento especial de bienes de dominio público, el hecho imponible deberá tener en consideración el coste de los bienes cuyo uso o aprovechamiento se cede, así como el de las instalaciones y pertenencias que les estén afectas.
C) En las tasas por prestación de servicios, para establecer la cuantía de la cuota íntegra se tomarán en consideración tanto los gastos directos como los indirectos que contribuyan a la determinación del coste, excluidos los financieros.
D) En las tasas por realización de actividades, para establecer la cuantía de la cuota íntegra se tomarán en consideración tanto los gastos directos como los indirectos que contribuyan a la determinación del coste.
Respuesta correcta: D)
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3. Examen oficial A1-01 · convocatoria 1/25, pregunta 91
Señale la opción CORRECTA. De acuerdo con el Decreto 103/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se regulan los precios públicos de la Generalitat, la cuantía de los precios públicos cubrirá:
A) El coste económico exacto originado por la prestación de los servicios o por la realización de las actividades, salvo cuando existan razones sociales, benéficas o de interés público que así lo aconsejen, en que podrá ser inferior.
B) Como máximo, el coste económico originado por la prestación de los servicios o por la realización de las actividades.
C) Como mínimo, los costes económicos originados por la prestación de los servicios o por la realización de las actividades, salvo cuando existan razones sociales, benéficas o de interés público que así lo aconsejen, en que podrá ser inferior, previa adopción de las previsiones presupuestarias oportunas para la cobertura de la diferencia resultante.
D) Como mínimo, los costes económicos originados por la prestación de los servicios o por la realización de las actividades, salvo cuando existan razones sociales, benéficas o de interés público que así lo aconsejen, en que podrá ser inferior, previa petición de informe a la Conselleria competente en materia de hacienda pública.
Respuesta correcta: C)
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4. Redactada por opo.es a partir de la ley
Según el Decreto 103/2014, son precios públicos de la Generalitat las contraprestaciones pecuniarias que se satisfacen por la prestación de servicios o la realización de actividades:
A) De solicitud o recepción obligatoria, efectuadas en régimen de derecho privado por las sociedades mercantiles de la Generalitat.
B) De solicitud o recepción voluntaria, efectuadas en régimen de derecho público, cuando no concurran las circunstancias para calificarlas como tasa.
C) De cualquier tipo, siempre que se presten en régimen de derecho público y su cuantía se haya aprobado antes por una ley específica de Les Corts Valencianes.
D) De solicitud voluntaria, efectuadas por empresas privadas concesionarias que gestionan servicios públicos de titularidad de la Generalitat.
Respuesta correcta: B) — El art. 1 exige que el servicio o actividad sea de solicitud o recepción voluntaria, prestado en régimen de derecho público, y que no sea una tasa. No habla de recepción obligatoria ni de derecho privado. No exige una ley de Les Corts para cada precio. Y lo prestan la Generalitat o sus entidades autónomas, no empresas privadas.
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5. Redactada por opo.es a partir de la ley
Según el artículo 6 del Decreto 103/2014, están obligados al pago del precio público:
A) Solo las personas físicas con residencia habitual en la Comunitat Valenciana, aunque no hayan pedido el servicio.
B) Solo las personas jurídicas privadas que hayan firmado un contrato o un convenio con la Generalitat.
C) Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que soliciten o se beneficien del servicio o actividad.
D) Las entidades autónomas que prestan el servicio, que después repercuten el importe a las personas que lo utilizan.
Respuesta correcta: C) — El art. 6 incluye a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pidan el servicio o se beneficien de él. No exige residencia. No se limita a personas jurídicas privadas. Y no paga la entidad que presta el servicio, sino quien lo pide o lo recibe.
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6. Redactada por opo.es a partir de la ley
Según el Decreto 103/2014, la cuantía de un precio público podrá ser inferior a los costes del servicio:
A) Nunca, porque el precio público debe cubrir siempre la totalidad de los costes del servicio o de la actividad.
B) Cuando lo pida la mayoría de las personas usuarias del servicio en una consulta pública convocada por la conselleria competente.
C) Cuando lo acuerde la subsecretaría de la conselleria afectada, sin necesidad de prever en el presupuesto la cobertura de la diferencia resultante.
D) Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, previa previsión presupuestaria de la diferencia.
Respuesta correcta: D) — El art. 2.2 lo permite por razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, y exige prever antes en el presupuesto cómo se cubre la diferencia. No es cierto que nunca pueda bajar. No depende de una consulta a las personas usuarias. Y no basta un acuerdo de la subsecretaría.
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7. Redactada por opo.es a partir de la ley
La cuantía de los precios públicos de la Generalitat, según el artículo 4 del Decreto 103/2014:
A) Debe actualizarse anualmente en función de la evolución de los costes, de modo que se cubran como mínimo.
B) Se actualiza de forma automática cada año según la variación del índice de precios de consumo, sin estudiar los costes.
C) Solo puede actualizarse cada cinco años, y siempre mediante la ley de presupuestos de la Generalitat.
D) No puede actualizarse una vez fijada, salvo que cambie el contenido del servicio o de la actividad.
Respuesta correcta: A) — El art. 4.1 manda actualizarla cada año según la evolución de los costes. El decreto no la vincula de forma automática al IPC; de hecho, el preámbulo explica que se quiso desvincular de ese índice. No hay un plazo de cinco años ni hace falta una ley. Y sí puede actualizarse.
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8. Redactada por opo.es a partir de la ley
Con carácter general, el establecimiento o la modificación de la cuantía de un precio público de la Generalitat se realiza:
A) Por ley de Les Corts, a propuesta del Consell y previo informe de la conselleria de hacienda.
B) Por orden de la conselleria que efectúa el servicio o actividad o de la que depende la entidad autónoma que lo presta.
C) Por resolución de la dirección general competente en materia de presupuestos de la Generalitat.
D) Por acuerdo de la entidad autónoma que presta el servicio, sin intervención de la conselleria.
Respuesta correcta: B) — El art. 3.1.a atribuye la regla general a una orden de la conselleria que presta el servicio o de la que depende la entidad autónoma. No hace falta una ley. Tampoco lo decide una dirección general de presupuestos. Y la entidad autónoma no lo fija por sí sola.
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9. Redactada por opo.es a partir de la ley
Según el artículo 3 del Decreto 103/2014, la propuesta de establecimiento o modificación de un precio público debe ir acompañada de:
A) Un informe de la Abogacía General de la Generalitat sobre su legalidad y un dictamen del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.
B) Una encuesta de satisfacción de las personas usuarias del servicio y un informe de impacto de género, y requiere informe previo de la Intervención General.
C) Una memoria económico-financiera que justifique el importe y la cobertura de los costes, y requiere informe previo de la conselleria de hacienda.
D) Un estudio de mercado sobre los precios que cobran las empresas privadas por servicios parecidos, y requiere autorización previa del Consell.
Respuesta correcta: C) — El art. 3.2 exige una memoria económico-financiera que justifique el importe y la cobertura de los costes, y el art. 3.3 pide informe previo de la conselleria de hacienda. Los demás informes, dictámenes, encuestas o estudios no los exige este artículo.
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10. Redactada por opo.es a partir de la ley
Si el órgano gestor notifica la liquidación de un precio público el día 22 de un mes, la persona obligada debe ingresarlo:
A) Hasta el día 20 del mes posterior o, si no es hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
B) En el plazo de diez días hábiles desde la recepción de la notificación de la liquidación.
C) Hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si no es hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
D) En el plazo de un mes desde la recepción de la notificación de la liquidación.
Respuesta correcta: C) — Si la notificación llega entre el día 16 y el último del mes, el plazo termina el día 5 del segundo mes posterior (art. 5.2.b). El día 20 del mes siguiente es para las notificaciones entre el 1 y el 15 (art. 5.2.a). Los plazos de diez días o de un mes no aparecen en el decreto.

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