Abstención

Apartarse de un asunto. Un empleado público debe hacerlo si tiene un interés personal o familiar en él.
Las autoridades y el personal deben abstenerse cuando hay un motivo que pueda hacerles parciales. Por ejemplo: tener interés personal, ser familiar cercano de un interesado, ser su amigo íntimo o su enemigo.
Tienen que decírselo a su superior. En una votación, abstenerse tiene otro sentido: no votar ni a favor ni en contra.
Un ejemplo: Un miembro de un tribunal de oposiciones ve que su sobrina está entre los aspirantes. Debe abstenerse.

Dónde lo dice la ley

En el examen

«Abstención» sale en 8 preguntas de 8 exámenes oficiales que tienes resueltos en opo.es. Aquí tienes 3, con su solución:
Examen de Administrativo (C1-01) de la Generalitat, convocatoria 64/25, pregunta 14
Señale cuál de los siguientes NO es motivo de abstención según el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
A) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
B) Ser compañero de trabajo o de estudios de algún interesado.
C) Haber prestado, en los dos últimos años, servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar a la persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto.
D) Tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
Respuesta correcta: B) Ser compañero de trabajo o de estudios de algún interesado.
Examen de Auxiliar administrativo de la Universidad de Alicante (2022), pregunta 47
Según el artículo 23 la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no es motivo de abstención en un procedimiento administrativo:
A) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel.
B) Tener enemistad manifiesta con algún interesado que intervenga en el procedimiento.
C) Tener situación de hecho asimilable al vínculo matrimonial, con cualquiera de los interesados que intervengan en el procedimiento.
D) Haber tenido relación de servicio profesional con un familiar de segundo grado de consanguinidad la persona jurídica interesada directamente en el asunto en los cinco últimos años.
Respuesta correcta: D) Haber tenido relación de servicio profesional con un familiar de segundo grado de consanguinidad la persona jurídica interesada directamente en el asunto en los cinco últimos años.
Examen de Administrativo (C1) de la Universitat Jaume I (turno libre, 2024), pregunta 21
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, señala que las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones se abstendrán de intervenir en el procedimiento cuando se den, entre otros, alguno de los motivos siguientes:
A) Tener conocimiento, gracias a los medios de comunicación y las redes sociales, sobre el estado del asunto a tratar.
B) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
C) No será motivo de abstención el interés personal en el asunto de que se trate ya que se presupone la imparcialidad del personal funcionario.
D) Ser administrador de sociedad o entidad interesada en el procedimiento solamente es motivo de recusación.
Respuesta correcta: B) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

Dónde lo vas a estudiar

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