Artículo 70 de la Ley 4/2021 de Función Pública, explicado
Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.
Qué dice, en fácil
Renuncia (art. 70)
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Por escrito, y la Administración debe aceptarla expresamente.
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No se acepta si hay un expediente disciplinario abierto o un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por un delito.
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Quien renuncia puede volver a entrar más adelante superando un nuevo proceso de selección.
Las trampas típicas
- •Creer que la renuncia se acepta siempre: no si hay expediente disciplinario o procesamiento penal (art. 70.1).
- •Pensar que quien renuncia no puede volver: puede, superando un nuevo proceso de selección (art. 70.2).
- •La renuncia no impide volver a opositar (art. 70.2).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:
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La pregunta de examen, con su solución
Examen de Administrativo (C1-01) de la Generalitat, convocatoria 151/21, pregunta 42
De acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, señale la respuesta INCORRECTA:
A) La pena principal o accesoria de inhabilitación especial, cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce la pérdida de la condición de personal funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia.
B) La renuncia a la condición de personal funcionario de carrera habrá de formalizarse por escrito y no será aceptada expresamente por la administración, salvo cuando la persona interesada esté sujeta a expediente disciplinario o haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito.
C) La renuncia no inhabilita para ingresar de nuevo en la función pública a través del procedimiento de selección establecido.
D) En caso de pérdida de la condición de personal funcionario como consecuencia de pérdida de nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio, se podrá solicitar la rehabilitación de la citada condición, que será concedida, en la forma que reglamentariamente se establezca y previa acreditación y comprobación documental de la desaparición de las causas objetivas que motivaron dicha pérdida.
Respuesta correcta: B) La renuncia a la condición de personal funcionario de carrera habrá de formalizarse por escrito y no será aceptada expresamente por la administración, salvo cuando la persona interesada esté sujeta a expediente disciplinario o haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito.
Por qué: Es la incorrecta. La renuncia se hace por escrito y sí debe aceptarse expresamente. Lo que no se acepta es la renuncia de quien tiene un expediente disciplinario o un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral.
En qué oposiciones y temas entra
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