Artículo 157 de la Constitución, explicado

Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.

Qué dice, en fácil

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Recursos: impuestos cedidos y recargos; impuestos propios, tasas y contribuciones especiales; Fondo de Compensación y otras asignaciones; patrimonio; crédito (art. 157.1).
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Prohibido gravar bienes fuera de su territorio o frenar la libre circulación (art. 157.2).

Las trampas típicas

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    Creer que las Comunidades pueden gravar bienes situados fuera de su territorio: está prohibido (art. 157.2).

Cuántas veces ha caído

Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:

La pregunta de examen, con su solución

Examen de Técnico superior (A1-01) de la Generalitat, convocatoria 1/24, pregunta 125
Señale cuál de los siguientes no es un recurso de las comunidades autónomas según el artículo 157 de la Constitución:
A) Cotizaciones sociales.
B) Ingresos de derecho privado.
C) El producto de las operaciones de crédito.
D) Recargos sobre impuestos estatales.
Respuesta correcta: A) Cotizaciones sociales.
Por qué: Las cotizaciones sociales no son un recurso de las comunidades autónomas.

Palabras del glosario

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    Impuesto: Tipo de tributo que se paga sin recibir un servicio concreto a cambio.
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    Cesión: Pasar un derecho, un bien o un dinero a otra persona o entidad.
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    Patrimonio: Conjunto de bienes, derechos y deudas de una persona o de una administración.

En qué oposiciones y temas entra

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