Artículo 163 de la Constitución, explicado
Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.
Qué dice, en fácil
Cuestión de inconstitucionalidad (art. 163)
La plantea un juez o tribunal cuando duda de si una ley que debe aplicar, y de la que depende su fallo, es constitucional. La Constitución dice que sus efectos «en ningún caso serán suspensivos».
Las trampas típicas
- •Pensar que un ciudadano puede plantear la cuestión de inconstitucionalidad: la plantea un órgano judicial dentro de un proceso (art. 163).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:
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La pregunta de examen, con su solución
Examen de Técnico Medio de Gestión (A2) de la Diputación de Alicante (turno libre, 2024), pregunta 58
Según el artículo 163 de la Constitución Española, ¿quién puede plantear cuestión de inconstitucionalidad?
A) Podrá interponer la cuestión inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
B) Cualquier órgano judicial cuando considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspen- sivos.
C) Las Comunidades Autónomas y sus Consejos de Gobierno.
D) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Respuesta correcta: B) Cualquier órgano judicial cuando considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspen- sivos.
Por qué: La cuestión de inconstitucionalidad la plantea un órgano judicial cuando duda de una ley que debe aplicar en un proceso. No tiene efectos suspensivos (art. 163).
Palabras del glosario
- •Recurso y cuestión de inconstitucionalidad: Formas de pedir al Tribunal Constitucional que diga si una ley va contra la Constitución.
- •Órgano administrativo: Parte de una administración que tiene un encargo propio y cuyas decisiones afectan a la gente.
En qué oposiciones y temas entra
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