Artículo 126 de la Ley 39/2015, explicado
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ha caído en 2 preguntas de 2 exámenes oficiales.
Qué dice, en fácil
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Puede inadmitirse sin dictamen si no se basa en esas causas o si ya se rechazaron recursos iguales (art. 126.1).
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Si no resuelven en 3 meses, se entiende desestimado y puedes ir a los tribunales (art. 126.3).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en estos 2 exámenes:
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2 preguntas de examen, con su solución
Examen de Administrativo (C1) de la Universitat de València (turno libre, 2025), pregunta 9 (traducida del valenciano por opo.es)
De acuerdo con el art. 126 de la Ley 39/2015, regulador del recurso extraordinario de revisión, es cierto que:
A) El plazo de interposición del recurso es de 3 meses desde que se tenga conocimiento del hecho causante.
B) Interpuesto el recurso extraordinario de revisión, hasta que se resuelva, se suspende el derecho de los interesados a formular la solicitud de revisión de oficio.
C) El órgano al que corresponde conocer del recurso extraordinario de revisión debe pronunciarse solo sobre la procedencia del recurso, sin que pueda pronunciarse sobre el fondo de la cuestión resuelta por el acto recurrido, cuyo conocimiento corresponde al órgano que dictó el acto.
D) Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
Respuesta correcta: D) Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
Por qué: Si pasan tres meses sin resolver y notificar el recurso extraordinario de revisión, se entiende desestimado y se puede ir a los tribunales (art. 126.3).
Examen de Administrativo (C1-01) de la Generalitat, convocatoria 27/24, pregunta 13
Señale la respuesta correcta. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:
A) En los recursos de alzada, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes.
B) En los recursos potestativos de reposición, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de tres meses.
C) Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso- administrativa.
D) Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso potestativo de reposición.
Respuesta correcta: C) Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso- administrativa.
Por qué: Si pasan tres meses desde que se interpone el recurso extraordinario de revisión sin resolución notificada, se entiende desestimado. Queda abierta la vía contencioso-administrativa.
Palabras del glosario
- •Estimar y desestimar: Estimar es dar la razón a quien pide o recurre. Desestimar es no dársela.
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Del mismo bloque (Título V. De la revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos):