Artículo 69 de la Ley 9/2017 de contratos, explicado
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.
Qué dice, en fácil
•
Uniones temporales de empresas, UTE (art. 69):
Las trampas típicas
- •Decir que la UTE responde de forma mancomunada: responde solidariamente (art. 69.3).
- •Creer que la UTE debe constituirse en escritura antes de licitar: solo tras la adjudicación (art. 69.1).
- •Confundir el cambio de composición antes de formalizar (exclusión) con el de después (autorización y 20 % ejecutado) (art. 69.8 y 69.9).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:
- •
La pregunta de examen, con su solución
Examen de Administrativo (C1-01) de la Generalitat, convocatoria 12/23, pregunta 27
Señale el enunciado INCORRECTO, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en referencia a las uniones de empresarios:
A) Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
B) La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
C) A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
D) Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un agente de la unión con poderes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la adjudicación del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes solidarios que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Respuesta correcta: D) Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un agente de la unión con poderes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la adjudicación del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes solidarios que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Por qué: Es la frase falsa. La UTE nombra un representante o apoderado único, con poderes hasta la extinción del contrato, no hasta su adjudicación. Y los poderes para cobros y pagos son mancomunados, no solidarios.
En qué oposiciones y temas entra
- •
- •
- •
Practica este artículo en la app: preguntas de examen y repasos en el momento justo, 15 minutos al día. Lo tienes en la lección «Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, arts. 65-70: quién puede contratar con el sector público».
Practicar gratis en la appMás artículos de la Ley 9/2017 de contratos
Del mismo bloque (Libro I. Configuración general de la contratación del sector público):