Artículo 150 de la Ley 9/2017 de contratos, explicado

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ha caído en 2 preguntas de 2 exámenes oficiales.

Qué dice, en fácil

Clasificación y adjudicación (art. 150)
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Se ordenan las ofertas de mejor a peor. Si solo cuenta el precio, gana el más bajo.
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El mejor licitador aporta documentación en 10 días hábiles. Si no lo hace, se entiende que retira su oferta y paga una penalidad del 3 % del presupuesto base de licitación (sin IVA).
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Se adjudica en 5 días hábiles desde que llega la documentación.
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No se puede declarar desierta una licitación si hay alguna oferta admisible.

Las trampas típicas

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    Calcular la penalidad por retirada sobre el precio de adjudicación o con IVA: es el 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido (art. 150.2).
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    Declarar desierta una licitación habiendo ofertas admisibles: está prohibido (art. 150.3).

Cuántas veces ha caído

Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en estos 2 exámenes:

2 preguntas de examen, con su solución

Examen de Administrativo (C1) de la Universitat Jaume I (turno libre, 2024), pregunta 29
Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los:
A) diez días naturales siguientes a la recepción de la documentación requerida a los licitadores propuestos.
B) cinco días naturales siguientes a la recepción de la documentación requerida a los licitadores propuestos.
C) cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida a los licitadores propuestos.
D) diez días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida a los licitadores propuestos.
Respuesta correcta: C) cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida a los licitadores propuestos.
Por qué: El órgano de contratación adjudica en los cinco días hábiles siguientes a recibir la documentación (art. 150.3).
Examen de Administrativo (C1) del Ajuntament de València (promoción interna, 2024), pregunta 41
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014:
A) Podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible siempre que así se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
B) Podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible cuando así se acuerde por el órgano de contratación motivadamente por razones de interés general.
C) No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
D) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Respuesta correcta: C) No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
Por qué: No se puede declarar desierta una licitación si hay alguna oferta admisible según los criterios del pliego (art. 150.3).

Palabras del glosario

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    Días hábiles: Días que cuentan en los plazos administrativos: todos menos sábados, domingos y festivos.
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    Presupuestos: Ley que dice cada año cuánto dinero espera ingresar una administración y en qué lo puede gastar.

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