Artículo 235 de la Ley 9/2017 de contratos, explicado
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.
Qué dice, en fácil
Supervisión y replanteo (arts. 235-236)
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Informe de supervisión obligatorio si el presupuesto base de licitación es de 500.000 € o más (sin IVA). Por debajo es voluntario, salvo que la obra afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad.
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Replanteo: comprobar la realidad geométrica de la obra y que los terrenos están disponibles. Se hace tras aprobar el proyecto y antes de aprobar el expediente.
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En obras hidráulicas, de transporte y de carreteras no hace falta tener los terrenos antes, pero no se puede empezar la obra sin la ocupación formalizada.
Las trampas típicas
- •Con 500.000 euros o más el informe de supervisión es obligatorio; por debajo, solo si afecta a estabilidad, seguridad o estanqueidad (art. 235).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:
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Palabras del glosario
- •Presupuestos: Ley que dice cada año cuánto dinero espera ingresar una administración y en qué lo puede gastar.
En qué oposiciones y temas entra
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Del mismo bloque (Libro II. Contratos de las Administraciones Públicas: expediente, adjudicación, efectos y extinción):
Art. 115Art. 116Art. 117Art. 118Art. 119Art. 120Art. 124Art. 125Art. 126Art. 130Art. 131Art. 135Art. 145Art. 147Art. 150Art. 152Art. 153Art. 156Art. 158Art. 159Art. 167Art. 193Art. 196Art. 198Art. 204Art. 205Art. 206Art. 211Art. 214Art. 219Art. 221Art. 223Art. 229Art. 232Art. 234Art. 236Art. 237Art. 238Art. 242Art. 243Art. 244Art. 250Art. 306Art. 307Art. 310