Artículo 244 de la Ley 9/2017 de contratos, explicado
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ha caído en una pregunta de un examen oficial.
Qué dice, en fácil
Recepción y garantía (arts. 243-244)
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Certificación final: aprobada en 3 meses desde la recepción (hasta 5 meses en obras de más de 12 millones con liquidación compleja, si lo prevé el pliego).
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Si la obra tiene defectos, se fija un plazo para corregirlos. Si no se corrigen, se da otro plazo improrrogable o se resuelve.
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Plazo de garantía: no inferior a 1 año, salvo casos especiales. Informe del director 15 días antes de que acabe; si es favorable, se devuelve la garantía y se paga lo pendiente en 60 días.
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Sin plazo de garantía en obras sin finalidad práctica duradera (sondeos fallidos) o dragados.
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Vicios ocultos: responsabilidad durante 15 años desde la recepción; la acción prescribe a los 2 años desde que aparece el daño.
Las trampas típicas
- •Vicios ocultos: el contratista responde 15 años desde la recepción, y la acción prescribe a los 2 años desde que aparece el daño (art. 244).
Cuántas veces ha caído
Contamos las preguntas oficiales que siguen siendo correctas hoy y cuya solución se basa en este artículo. Ha salido en este examen:
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La pregunta de examen, con su solución
Examen de Administrativo del Estado (INAP, convocatoria 2025, llamamiento extraordinario de 2026), pregunta 220
Según lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ¿a partir de qué plazo transcurrido desde la recepción de la obra del edificio nuevo, sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, queda totalmente extinguida cualquier responsabilidad del contratista?
A) 3 años.
B) 5 años
C) 10 años
D) 15 años
Respuesta correcta: D) 15 años
Por qué: Pasados quince años desde la recepción sin que aparezca ningún daño, se extingue toda responsabilidad del contratista.
Palabras del glosario
- •Liquidación: Cuenta final que dice cuánto se debe pagar o cobrar.
- •Pliegos: Documentos con las reglas de un contrato público: qué se pide, cómo se elige al ganador y qué condiciones hay que cumplir.
- •Prescripción: Perder un derecho o la posibilidad de castigar porque ha pasado demasiado tiempo.
- •Contratista: Persona o empresa que firma un contrato con una administración y se compromete a cumplirlo.
En qué oposiciones y temas entra
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Del mismo bloque (Libro II. Contratos de las Administraciones Públicas: expediente, adjudicación, efectos y extinción):
Art. 115Art. 116Art. 117Art. 118Art. 119Art. 120Art. 124Art. 125Art. 126Art. 130Art. 131Art. 135Art. 145Art. 147Art. 150Art. 152Art. 153Art. 156Art. 158Art. 159Art. 167Art. 193Art. 196Art. 198Art. 204Art. 205Art. 206Art. 211Art. 214Art. 219Art. 221Art. 223Art. 229Art. 232Art. 234Art. 235Art. 236Art. 237Art. 238Art. 242Art. 243Art. 250Art. 306Art. 307Art. 310